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Ayudas pymes industriales
ENE 2019

Convocatoria anticipada, para el ejercicio 2019, de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera - mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, productos infantiles, papel y artes gráficas

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha convocado ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera - mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, productos infantiles, papel y artes gráficas para el ejercicio 2019.

 

Objeto de las ayudas

El objeto de estas ayudas es apoyar la realización de inversiones sostenibles de carácter industrial que contribuyan al crecimiento y consolidación de pymes industriales vinculadas a los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera – mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, productos infantiles, papel y artes gráficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos.

 

Beneficiarios de las ayudas

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculadas directamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria.
2. A los efectos de esta convocatoria, se considerarán como pequeñas y medianas a las empresas que empleen a menos de 250 personas y que además, o bien tengan un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 de euros. En el caso de empresas vinculadas o asociadas, se aplicarán las reglas para el cálculo de los efectivos y los importes financieros establecidas en el anexo I del Reglamento UE núm. 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
3. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por empresa privada a toda entidad que realice una actividad económica independientemente de su forma jurídica, que no forme parte del sector público, que tenga personalidad jurídica propia y diferenciada, y que acredite estar válidamente constituida e inscrita en el registro público correspondiente (Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, Registro de Sociedades Laborales) en el momento de presentar la solicitud de ayuda.

 

Plazo de presentación de solicitudes

 

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 25 de enero hasta al 25 de febrero de 2019, ambos días incluidos.

 

En los siguientes enlaces podéis consultar las Bases Reguladoras, la Convocatoria y el Extracto de la Resolución publicados en el DOGV.

Bases reguladoras

Convocatoria

Extracto

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